Para acceder a la jubilación ordinaria en 2026 hay que tener 66 años y 10 meses, salvo que se acrediten 38 años y 3 meses cotizados, en cuyo caso es posible jubilarse a los 65 años con el 100% de la pensión. El periodo mínimo de cotización es de 15 años, dos de ellos dentro de los 15 anteriores al hecho causante, y para alcanzar el porcentaje máximo de la base reguladora se exigen 36 años y 6 meses cotizados. En esta guía explicamos paso a paso cómo solicitar la pensión de jubilación en 2026, qué documentos necesitas, las modalidades existentes (ordinaria, anticipada, parcial, activa) y los plazos legales.
Edad legal de jubilación en 2026
La edad de jubilación en España aumenta progresivamente cada año hasta alcanzar los 67 años en 2027. En 2026 la edad legal queda así:
- 66 años y 10 meses para quienes hayan cotizado menos de 38 años y 3 meses.
- 65 años para quienes acrediten al menos 38 años y 3 meses cotizados.
Esta dualidad busca premiar las carreras de cotización largas. Si has trabajado de forma continuada desde joven, podrás retirarte antes sin sufrir penalizaciones en la cuantía de la pensión.
Edad ordinaria en años posteriores
Para 2027 la edad legal será de 67 años (o 65 con 38 años y 6 meses cotizados). A partir de 2028 se mantendrá fija en 67 años, salvo cambios legislativos.
Años cotizados necesarios para la jubilación
Periodo mínimo de cotización
Para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación es obligatorio haber cotizado al menos 15 años (5.475 días). De esos 15 años, al menos dos deben estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la fecha de jubilación. Esta exigencia se conoce como «periodo de carencia específica».
Cotización para el 100% de la base reguladora
En 2026, para alcanzar el porcentaje máximo de la pensión (el 100% de la base reguladora) hace falta acreditar 36 años y 6 meses cotizados. Con menos años se aplica una escala progresiva:
- 15 años cotizados: 50% de la base reguladora
- 16-21 años: aumento del 0,21% por cada mes adicional cotizado
- 22-36 años y 6 meses: aumento del 0,19% por cada mes adicional
- 36 años y 6 meses o más: 100% de la base reguladora
Cómo se calcula la base reguladora
La base reguladora de la pensión en 2026 se calcula sumando las bases de cotización de los últimos 25 años (300 meses) y dividiendo entre 350. Las bases de cotización antiguas se actualizan según el IPC, salvo las de los últimos 24 meses, que se mantienen tal cual.
A partir de 2026 conviven dos fórmulas: la tradicional de 25 años y la opcional de los «mejores 27 años de los últimos 29», prevista en la reforma de pensiones de 2023. La Seguridad Social aplica de oficio la fórmula que resulte más favorable para el trabajador.
Pensión máxima en 2026
El tope máximo de la pensión pública en 2026 se sitúa en 3.267,60 euros mensuales (45.746,40 euros/año en 14 pagas). La pensión mínima de jubilación es de 936,20 €/mes con 65 años o más en hogar unipersonal, y 1.256,60 €/mes con cónyuge a cargo.
Modalidades de jubilación en 2026
Jubilación ordinaria
Es la modalidad estándar: 66 años y 10 meses (o 65 con carrera larga), 15 años cotizados como mínimo. Se cobra el porcentaje correspondiente a los años cotizados sobre la base reguladora.
Jubilación anticipada voluntaria
Permite adelantar la jubilación hasta 24 meses respecto a la edad ordinaria. Requisitos:
- Estar en alta o situación asimilada al alta.
- Acreditar al menos 35 años cotizados.
- La pensión se ve reducida con coeficientes reductores entre el 2,81% y el 21% según los meses anticipados y los años cotizados.
- El importe resultante debe superar la pensión mínima correspondiente a su edad y situación familiar.
Jubilación anticipada involuntaria
Para trabajadores cesados por causas no imputables al empleado (despido objetivo, ERE, fuerza mayor). Requisitos:
- Adelanto de hasta 48 meses respecto a la edad ordinaria.
- 33 años cotizados como mínimo.
- Estar inscrito como demandante de empleo durante al menos 6 meses inmediatamente anteriores a la solicitud.
- Coeficientes reductores menores que en la voluntaria, entre el 0,5% y el 1,875% por cada trimestre de adelanto.
Jubilación parcial
Permite compatibilizar el trabajo a tiempo parcial con el cobro parcial de la pensión, normalmente vinculado a un contrato de relevo. En 2026 se exige tener al menos 64 años y 8 meses (con 33 años cotizados) o 65 años (con 25 años cotizados).
Jubilación activa
Tras la jubilación ordinaria, permite seguir trabajando y cobrar el 50% de la pensión (o el 100% si se trata de un autónomo con un trabajador a cargo). Desde la reforma de 2023, se introduce una mejora progresiva: cada año adicional trabajado en activa, el porcentaje cobrado aumenta hasta alcanzar el 100% al cuarto año.
Jubilación demorada
Si el trabajador retrasa voluntariamente su jubilación más allá de la edad ordinaria, recibe un complemento del 4% por cada año completo cotizado adicional, una cantidad fija anual (entre 5.000 y 12.000 euros) o una combinación de ambas.
Cómo solicitar la pensión de jubilación paso a paso
1. Calcula tu pensión con el simulador oficial
Antes de iniciar el trámite, accede al simulador de la Seguridad Social en sede.seg-social.gob.es. Necesitas Cl@ve PIN, certificado digital, DNI electrónico o identificarte vía SMS. La herramienta importa automáticamente tu vida laboral y permite simular distintos escenarios de jubilación (ordinaria, anticipada, demorada) con sus respectivas cuantías.
2. Reúne la documentación necesaria
- DNI o NIE en vigor.
- Modelo de solicitud oficial (Formulario TA.JUB-1).
- Justificantes de cotización (vida laboral) en caso de discrepancias.
- Datos bancarios (IBAN) para el cobro.
- Certificado de empresa de cese si la jubilación coincide con extinción de contrato.
- Libro de familia si tienes cónyuge o hijos a cargo.
- Modelo 145 cumplimentado para retenciones de IRPF.
3. Presenta la solicitud
Puedes hacerlo a través de tres canales:
- Sede electrónica del INSS: en sede.seg-social.gob.es, opción «Pensión de jubilación». Es el método más rápido (admite firma digital).
- Cita previa presencial: en cualquier Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS). Pide cita en el 901 16 65 65 o en la web. Lleva toda la documentación impresa y firmada.
- Correo postal: envía la solicitud a la dirección provincial del INSS, aunque es la opción más lenta.
4. Plazos para presentar la solicitud
La solicitud puede presentarse 3 meses antes y hasta 3 meses después de la fecha de cese o de cumplir la edad legal. Si presentas dentro de plazo, los efectos económicos se producen desde el día siguiente al cese laboral. Si te retrasas, sólo cobrarás desde la fecha de presentación.
5. Resolución
El INSS dispone de 90 días para resolver la solicitud. En la práctica, los plazos suelen ser de 30 a 45 días si la documentación está completa. La resolución se notifica por correo o aparece en la sede electrónica.
6. Primer pago de la pensión
Una vez aprobada, la primera nómina se ingresa en la cuenta bancaria a finales del mes correspondiente al alta. Si la jubilación tiene efectos retroactivos, en esa primera paga se incluyen también los atrasos.
Documentos clave: vida laboral y certificado de empresa
Informe de vida laboral
Solicítalo en importass.seg-social.gob.es o llamando al 901 50 20 50. Confirma todos los días cotizados. Si detectas lagunas, presenta una reclamación previa con justificantes (contratos, nóminas, certificados de empresa).
Certificado de empresa
Si te jubilas tras un cese laboral, la empresa debe entregarte el certificado en el que se acredite el motivo de la extinción del contrato y el último día efectivo de trabajo. Es imprescindible para que el INSS calcule correctamente la fecha de inicio de la pensión.
Errores frecuentes al solicitar la jubilación
- Solicitar antes de cumplir el periodo mínimo de carencia: sin 15 años cotizados (con 2 dentro de los últimos 15) la solicitud será denegada.
- No revisar la vida laboral: errores en bases de cotización pueden reducir la pensión cientos de euros al mes.
- No optar por la fórmula más favorable: aunque el INSS aplica de oficio la mejor opción, conviene comprobarlo en la simulación.
- Olvidar el modelo 145: sin él, te aplicarán la retención mínima del 2%, que puede generar una factura grande en la declaración de la renta.
- No comunicar cambios familiares: matrimonio, divorcio o nacimiento de hijos pueden afectar al complemento por mínimos.
Compatibilidad de la pensión con otros ingresos
La pensión de jubilación ordinaria es incompatible con cualquier trabajo que dé lugar a inclusión en el régimen general o autónomos, salvo en las modalidades de jubilación activa y parcial. Sin embargo, es compatible con:
- Rendimientos del capital (alquileres, dividendos, intereses).
- Pensiones extranjeras de países de la UE o con convenio bilateral.
- Trabajos como profesor universitario emérito o en cargos públicos electos.
- Actividades artísticas, literarias o científicas no habituales.
Pensión de jubilación y fiscalidad
La pensión tributa como rendimiento del trabajo en el IRPF. Las retenciones se aplican según los tramos siguientes:
- Hasta 14.000 €/año: generalmente exentas.
- De 14.000 a 22.000 €: retención entre el 2% y el 8%.
- Más de 22.000 €: retención progresiva, hasta superar el 20% en pensiones altas.
Los pensionistas con discapacidad superior al 33%, familia numerosa o ascendientes a cargo pueden solicitar reducción de retención presentando el modelo 145 actualizado al INSS o a la pagadora.
Coeficientes reductores en jubilación anticipada voluntaria 2026
Para la jubilación anticipada voluntaria los coeficientes reductores se aplican mensualmente y dependen de los años cotizados. Cuanto mayor sea la carrera, menor es la penalización:
- Menos de 38 años y 6 meses cotizados: penalización del 21% (24 meses anticipo) al 3,26% (1 mes).
- Entre 38 años y 6 meses y 41 años y 6 meses: penalización del 19% al 3,11%.
- Entre 41 años y 6 meses y 44 años y 6 meses: penalización del 17% al 2,96%.
- Más de 44 años y 6 meses cotizados: penalización del 13% al 2,81%.
Preguntas frecuentes sobre la jubilación 2026
¿A qué edad puedo jubilarme en 2026?
Con 66 años y 10 meses si tienes menos de 38 años y 3 meses cotizados, o con 65 años si superas esa carrera. La jubilación anticipada permite adelantarse hasta 24 meses (voluntaria) o 48 meses (involuntaria), con coeficientes reductores.
¿Cuántos años hay que cotizar para cobrar el 100% de la pensión en 2026?
Son necesarios 36 años y 6 meses cotizados. Con menos años, la cuantía se calcula de forma proporcional según una escala progresiva.
¿Cuál es la pensión mínima de jubilación en 2026?
936,20 €/mes para mayores de 65 años en hogar unipersonal y 1.256,60 €/mes con cónyuge a cargo. La pensión máxima se sitúa en 3.267,60 €/mes brutos.
¿Cómo se solicita la pensión de jubilación online?
A través de la sede electrónica de la Seguridad Social (sede.seg-social.gob.es), con Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico. La solicitud admite firma digital y permite adjuntar documentación.
¿Cuándo presentar la solicitud de jubilación?
Entre 3 meses antes y 3 meses después del cese laboral o de cumplir la edad legal. Dentro de ese plazo, los efectos económicos son retroactivos al día siguiente del cese.
¿Puedo seguir trabajando una vez jubilado?
Sí, mediante la jubilación activa (cobrando el 50% de la pensión, o el 100% si eres autónomo con trabajador a cargo) o la jubilación parcial (compatible con un contrato a tiempo parcial).
¿Cuánto tarda el INSS en resolver la solicitud?
El plazo legal es de 90 días. En la práctica, suele resolverse en 30-45 días si la documentación está completa.
¿Qué ocurre si me deniegan la pensión?
Puedes presentar una reclamación previa en el plazo de 30 días naturales. Si se desestima, queda abierta la vía judicial mediante demanda ante el Juzgado de lo Social.
¿Cómo se actualizan las bases de cotización antiguas?
Las bases anteriores a los 24 meses previos a la jubilación se actualizan según la evolución del IPC. Los 24 meses inmediatamente anteriores se computan con su valor nominal sin actualizar.






